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Real Decreto que regula el estado de alarma en España por el COVID-19

El Gobierno aprobó este sábado 14 de marzo el Real Decreto por el que declara el estado de alarma debido a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 

El estado de alarma, con una duración en principio de 15 días naturales, suspende la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza, que se mantendrán, siempre que resulte posible, en línea.

Además limita la libertad de circulación de las personas, excepto en los siguientes casos:

    • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
    • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
    • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
    • Retorno al lugar de residencia habitual.
    • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
    • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
    • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
    • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra causa justificada.

Desde ACADE, estamos en contacto con las distintas instituciones implicadas de los gobiernos nacional, autonómicos y agentes sociales para aclarar cuál será el alcance de dichas medidas para vuestras empresas, por lo que os iremos informando a medida que vayan ofreciendo más información.

    • Puede descargarse el Real Decreto aquí