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ACADE solicita a la Junta Electoral de Madrid que aclare por qué los centros privados de educación no pueden permanecer abiertos el 4 de mayo

 

  • Ante las numerosas consultas realizadas por ACADE a la Consejería Educación, sin obtención de ninguna respuesta explicativa

  • ACADE entiende que la norma electoral declara ese día inhábil solo a efectos escolares lo que no quiere decir que el día sea no laborable.

 

ACADE ha decidido elevar a la Junta Electoral Provincial de Madrid la consulta sobre por qué los centros privados de educación no pueden permanecer abiertos el próximo 4 de mayo, día electoral en la comunidad, para la realización de actividades o servicios sin naturaleza educativa.

Esta decisión se toma tras numerosas consultas realizadas a la Consejería Educación, sin obtención de ninguna respuesta explicativa, desde que el 18 de marzo la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio hace público que el “4 de mayo de 2021 será día inhábil en todos los centros educativos de la Comunidad de Madrid según establece el artículo 13.6 del Real Decreto 605/1999”.

Precisamente la norma a la que se refiere señala que el día para la celebración de las elecciones, si no es festivo, “se considerará inhábil a efectos escolares”. Esto no significa que el 4 de mayo sea un día no laborable, sino que es un día no lectivo porque las actividades escolares se suspenden, pero las otras actividades que no requieran la presencia del alumno o de naturaleza no escolar sí pueden realizarse.

Según se deduce de la norma, actividades como preparación de clases, de gestión, organizativas, de servicios limpieza, administrativas…, o incluso actividades extraescolares que permiten la conciliación de la vida familiar y profesional en una jornada tan complicada para las familias en la que los niños no tienen clase, están perfectamente permitidas.

Por otra parte, el cargo económico para los centros privados, ya que no están sostenidos con fondos públicos, de la imposición de este permiso retribuido a todos sus trabajadores correría en su totalidad a cargo de la empresa. Esto implicaría un impacto económico para los centros privados debido a una imposición directa de la Administración madrileña, que a día de hoy, no se está fundamentado jurídicamente.

 

Agravio para las escuelas infantiles

Para ACADE la obligación del cierre de las escuelas infantiles privadas vuelve a sumar, además de lo expuesto, el agravio comparativo al que está sometido este sector en la comunidad de Madrid con las ludotecas y figuras como las madres de día. Esto empresas sí pueden abrir en su función de realizar actividades no educativas, sin embargo, las escuelas infantiles se les impide la apertura para realizar actividades lúdicas que permitan a los padres y madres conciliar su vida familiar y profesional, dejando a sus hijos toda la jornada laboral en un entorno conocido y seguro con profesionales de confianza.

 

Calendario escolar

Por último, es necesario recordar que los centros privados no sostenidos con fondos públicos no tienen la obligación de aplicar el calendario Escolar de la Comunidad de Madrid, por lo que esta imposición tampoco tiene amparo en esta norma.

En estos momentos en ACADE estamos a la espera de la respuesta de la Junta Electoral Provincial sobre esta consulta que consideramos de máxima prioridad para nuestros centros.

Dada la inexistencia de respuestas aclaratorias por parte de la Consejería de Educación, esperamos que la Junta Electoral nos dé una contestación en estos próximos días, dado la inmediatez de la de la fecha electoral, con el tiempo suficiente de informar a nuestros centros y que ellos tengan el tiempo suficiente de organizar toda su logística.