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Obligatoriedad del registro de la jornada laboral de trabajadores

El próximo 12 de mayo empezará a ser obligatorio el registro horario diario de la jornada laboral de los trabajadores. El 3 de abril se convalidó en la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados el Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo de 2019 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, publicado en el BOE el 12 de marzo.

Este Real Decreto-Ley establece como nueva obligación para las empresas garantizar “el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria (…)”.

La organización y documentación de este registro se establecerá “mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa”.

Asimismo, se obliga a las empresas a que conserve los registros de jornada durante cuatro años, debiendo permanecer a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo.

El Gobierno se reserva la posibilidad de regular especialidades en las obligaciones de registro de jornada en “sectores trabajos y categorías profesionales que por sus peculiaridades así lo requieran.”

El incumplimiento de esta obligación se califica como infracción laboral grave y se sancionará con multa, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros, en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros.

Esta cuestión fue debatida durante varios meses tras los pronunciamientos de varios tribunales (Audiencia Nacional y Tribunal Supremo) y del Tribunal de Justicia Europeo, así como de las actuaciones que realizó la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

 

Edutempo y Acadetempo

ACADE, adelantándose a esta situación de obligatoriedad, y con el objeto de evitar a los centros asociados problemas de adaptación a la normativa, suscribió un convenio de colaboración con la empresa Sofosol que ha  creado exclusivamente dos plataformas online para el registro de la jornada laboral, gestión de personal y RR.HH, exclusivas para los centros asociados, diferenciadas en función de las dimensiones del centro:

  • EDUTEMPO: enfocada a centros educativos (colegios, academias de danza, idiomas, universidades, etc.) de más de 10 empleados.
  • ACADETEMPO: destinado a centros de educación infantil de hasta 10 empleados.

 

Sesiones informativas

Precisamente, para informar a los asociados, ACADE organizó dos sesiones informativas que, ante la demanda, el aforo ya está cubierto. El primer de estos encuentro tuvo lugar el 24 de abril y el próximo se celebrará el 7 de mayo. En la primera sesión, a la que asistieron 44 directivos de centros asociados de todos los sectores educativos que ACADE representa, intervinieron José Ramón Urtubi, secretario general del Consejo Español para el Registro de Jornada, y Eduardo Uzquiano, responsable de Desarrollo de Negocio de Sofosol, empresa que ha desarrollado las plataformas de EDUTEMPO y ACADETEMPO para el registro diario de la jornada laboral de los trabajadores exclusivas para los asociados de ACADE.

Tanto a través de EDUTEMPO como de ACADETEMPO, los centros podrán gestionar el registro de las jornadas de todos los empleados, el control de presencia y de accesos, y disponer en un único sistema de todos los servicios necesarios para la administración del personal.

 

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